MUY IMPORTANTE EXTRACTADO DEL BOLETIN OFICIAL Nro. 25 del 21 de Julio de 2011
En virtud de la acordada emitida por el Tribunal de Disciplina hacemos saber que es criterio de este Consejo Directivo y del Tribunal de Disciplina que la aplicación de sanciones es el último eslabón de una cadena cuyo inicio es la información para la prevención, con lo cual se persigue alcanzar una conducta acorde para el desarrollo del encuentro, circunscripta en la filosofía de nuestro deporte. Por ello y sin temor de caer en una aseveración obvia es necesario recalcar que el árbitro es la autoridad excluyente del partido, debiendo arbitrar los medios a su alcance para que el mismo finalice en las mejores condiciones. Cuando la conducta del público transgrede los limites del respeto provocando que la figura de autoridad que el árbitro, necesariamente debe trasmitir peligrara, sin poder identificar puntualmente a la persona, será la institución informada la sancionada. Esa afiliada, podrá hacer conocer al Tribunal de Disciplina, para que éste actúe de acuerdo a las Normas de Funcionamiento, los datos personales del agresor, debiendo certificar mediante documentación oficial que el club tomó medidas disciplinarias ante tal inconducta, caso contrario no presentando dicha documentación será responsabilidad absoluta de la institución y la sanción será de mayor rigor ante las posibles reiteraciones Ante lo expuesto es que solicitamos a todos los involucrados en el desarrollo de un encuentro y especialmente a los dirigentes, colaboración para poder disfrutar en un ambiente de cordialidad, manifestándonos con la euforia que despierta las ansias de que nuestra camiseta obtenga los logros esperados, pero siempre enmarcado dentro de un respeto, tanto a la autoridad como a nuestro rival, condición que de ninguna manera puede desaparecer.
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